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AVISO DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA

Estimado Expositor,

Se ha puesto en nuestro conocimiento que algunos expositores estan recibiendo ofertas para participar en Directorios Feriales, tales como “Fair Guide” o “Expo Guide”.

Dado que los expositores reciben este formulario con el nombre de alguna feria en la que han participado o participarán, queríamos dejar en claro que FIT (Feria Internacional de Turismo de América Latina), Hotelga, Feria Internacional de Artesanias y FERIAS ARGENTINAS S.A no tienen ningún tipo de relación con esta empresa, y que se trata de una estafa para conseguir que el expositor firme, sin conocimiento, una obligación monetaria con la compañía que envía las notificaciones.

A continuación, la información recibida desde AOCA (Asociación Argentina de Organizadores y Proveedores de Exposiciones y Congresos) respecto al tema y cómo proceder:

“Dada la ambigüedad de la información que se desprende del mencionado formulario, es frecuente que los expositores interpreten que se trata de un formulario enviado por su organizador ferial destinado exclusivamente a corregir o actualizar sus datos de participación en la feria con el objeto de que se reflejen correctamente en la Guía con carácter gratuito.

El problema radica en que al llenar este impreso, se está autorizando el pago de una cantidad de dinero a favor de la empresa publicitaria, pago que figura lo suficientemente escondido como para que la empresa expositora lo interprete erróneamente como una inserción gratuita.

UFI y otras Asociaciones mundiales ya han solicitado que cese el uso de esta publicidad, dada la confusión que estos formularios generan en los Expositores.

No obstante, esta Empresa sigue actuando, y para evitar situaciones más complejas y no deseadas, rogamos a quienes reciban este tipo de publicidad y formulario de suscripción en “Fair Guide” que lean detenidamente todo su contenido antes de firmarlo, estando seguros de querer contratar el servicio que ofrecen.”

Agradecemos su atención y estamos a su disposición para cualquier consulta. Saludos cordiales.

Ferias Argentinas S.A.

ARREPENTIMIENTO DE COMPRA

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el inciso a) del Artículo 43 de la Ley Nº 24.240 y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web deberán tener publicado el link denominado “BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO”, mediante el cual el consumidor podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado, en los términos de los Artículos 34 de la Ley N° 24.240 y 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación.

A partir de la solicitud de revocación de la aceptación, el proveedor dentro de las VEINTICUATRO (24) horas y por el mismo medio, deberá informar al consumidor el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación.

Las pautas establecidas en el presente artículo no obstan a las previsiones estipuladas en la Ley Nº 24.240 y en el Código Civil y Comercial de la Nación.

ARTÍCULO 2°.- El “BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO”, deberá ser un link de acceso fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional de los sujetos obligados y ocupar un lugar destacado, en cuanto a visibilidad y tamaño, no dejando lugar a dudas respecto del trámite seleccionado.

Asimismo, al momento de hacer uso del Botón, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite.

ARTÍCULO 3º.- Establécese un plazo de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial para que los proveedores adecúen sus sitios de Internet de acuerdo a los términos establecidos en la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será sancionado conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Paula Irene Español

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